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Tras la demanda de conflicto colectivo presentada por la sección sindical de CGT en Tasaciones Hipotecarias (Grupo ATValor), la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional sentencia, anulando la aplicación unilateral por parte de esta empresa de nuevas políticas restrictivas tanto del uso del correo electrónico como de cualquier dispositivo corporativo por vulnerar lo dispuesto en el art. 87.3 de la LO 3/2.018 al no dar participación a la RLT.

Algunas empresas, dirigidas de manera personalista por personas claramente no preparadas, ni acostumbradas a las relaciones laborales, se obcecan en querer obviar a la representación legal de las personas trabajadoras, saltándose así las leyes.

Desde CGT no vamos a consentir este tipo actitudes antisindicales que vulneran derechos fundamentales y no respetan la dignidad de las personas trabajadoras.

Ver comunicado sección sindical de CGT en TH

 

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